martes, 24 de marzo de 2020

Fortaleza de Castillo de Locubín.



José Bolívar Gómez de Urda.


Por el documento que inserto y transcribo a continuación queda constancia de que a finales del siglo XV aún existía en Castillo de Locubin una fortaleza de la que era su Alcaide el honrado caballero Veinticuatro de Córdoba y Jurado de Alcalá la Real, Pedro Fernández de Aranda, hijo de Fernando de Aranda.

Se trata de escritura fechada el 28 de Julio de 1483 (Archivo Histórico Nacional de Jaén Legajo 15792) por la que cede la tenencia de la alcaidia a favor de Juan Rodríguez de Jaén, quien se compromete a tener en el castillo a un mozo de 20 años en su compañía y la de un hijo que tiene. Habrá de mantener a su costa a Gonzalo Blazquez que está por atalaya de la torremayor.A cambio recibirá, por tercias partes, cinco mil maravedíes y sesenta fanegas de trigo por un año que empezará a contar desde el día de San Juanpasado.

Traslado y original de la escritura que otorgo el honrado cauallero Pedro Fernández de Aranda,en fauor de Juan Rodríguez de Jaén, quando le entrego al susodho para guardalla y tenella en su nombre la fuerza del Castillo Locubin de que sumercereraAlcayde.

Transcripción:Conocido sea a todos quantos esta presente cartavierencomo yo Juan Rodríguez deJahen vezino que soy de la noble e leal ciudad de Alcala la Real morador en el su Castillo de Locubin digo que por quanto yo tengo en custodia e guarda del común lugar y jurisdicion desta ciudadporvoselhonradocaballeroPedrodeArandaveintiquatrodeCordouaejuradodeladicha ciudad de Alcalá y vezino della e Alcayde del dicho Castillo y fortaleça por ende por la presente e la tradiçion della otorgo e conozco que me tengo por contento e entregado realmente e con efecto del dicho Castillo y Fortaleça e bienes della y (…) della a toda mi uoluntad e otorgo e me obligo de la guardar e anparar e defender fasta la muerte e de la dar e entregar realmetne e con efecto a vos el dicho Po de Aranda cada e quando vos me la demandaredes e vos reçiuir en ella de dia e de noche con pocos o con muchos so pena que por el mismo caso caiga e encurra en aquellas penas e casos en que caen e encurren los Alcaydes que acargotienen de guardar fortaleça e las no dar e entregar cada que les son demandadas por aquel o aquellos de quien las resçiuan a guarda e so las otras penas en derecho en tal caso estableçidas segúnfueroe costumbre d´España ejuroa Dios y Santa María e a esta señal de + en que pongo mi mano derecho e por las palabras de los santos Euanjelios/ on de quier equestan escritas de tener e guardar e cumplir realmente e con efeto todo lo susodicho so pena de ser auido por traidor e fementido e caer en caso de menosualer e de no pedir relaxaçion deste dicho juramento anromuy sancto Padre ni aotroJuez alguno de Sancta Madre Yglesia so las dichas penas e casos para lo qual asi cumplir e aver por firme/ obligo mi persona y bienes ávidos e por aver en fe de lo qual otrogue esta escriptura e todo lo en ella contenido ante los testigos y uso escriptos ques fecha e paso lo susodicho en el dicho Castillo de Locuvin lunes veinte y ocho días del mes de julio año del señor de mil y quetroçientos eochenta
// e tres años a lo quel fueron presentes por testigos Juan Sanchez de Morales vicario de la çibdadde Alcala e Juan Gutierrez e Gonçalo Ruiz de Medina vos de la dicha çibdad/
Juan Sanchez Vycaryo. Juan Guitierrez (firmado y rubricado)
Lunes veinte e ocho días de Julio de LXXXIII años este día se convinieron el Señor Pedro deAranda e Juan Rodríguez de Jahen en esta manera quel dicho Juan Rodriguez reçiuio a su cargo la fortaleza del Castillo de Loucuuin y es condiçion que para los gastos y guarda della el dicho Pedro de Aranda le de çinco mil maravedíes en dineros e sesenta fanegas detrigo que el dicho Juan Rodríguez a de tener en el dicho Castillo vn moço de hedad de veinte años en aconpañamiento e suyo e de vn jijo suyo que con el tiene. E mas es condiciçion quel dho Juan Rodriguez mantenga a su costa a Gonçalo Blasquez questa por atalaya en la torre mayor e quel dicho Po de Aranda le avara de pagar el dicho Gonçalo Balzquez su soldada y esto se entiende que los dichos cinco mil mrs e sedsnta fanegas de trigo se ayan de dar desde el día de San Juan que paso fasta vn año complido pagados por los terçios del año/ yo Juan Sanchez Vycaryo fuy presente a lo sobredho y fyrme my nombre.
Pedro d´Aranda. Juan Sanchez Vycaryo.


Trabajo extraído de “A la Patrona de Alcalá la Real”. Agosto 2012.

2 comentarios:

  1. Me ha llamado la atención Jahen. No lo sabía.
    Sí sabía, en cambio, de las muchas grafías y palabras del castellano antiguo que son comunes o muy parecidas al valenciano. Poco a poco, fueron evolucionando por otros derroteros.

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