José
Bolívar Gómez de Urda.
Por
el documento que inserto y transcribo a continuación queda
constancia de que a finales del siglo XV aún existía en Castillo de
Locubin una fortaleza de la que era su Alcaide el honrado caballero
Veinticuatro de Córdoba y Jurado de Alcalá la Real, Pedro Fernández
de Aranda, hijo de Fernando de Aranda.
Se
trata de escritura fechada el 28 de Julio de 1483 (Archivo Histórico
Nacional de Jaén Legajo 15792) por la que cede la tenencia de la
alcaidia a favor de Juan Rodríguez de Jaén, quien se compromete a
tener en el castillo a un mozo de 20 años en su compañía y la de
un hijo que tiene. Habrá de mantener a su costa a Gonzalo Blazquez
que está por atalaya de la torremayor.A
cambio recibirá, por tercias partes, cinco mil maravedíes y sesenta
fanegas de trigo por un año que empezará a contar desde el día de
San Juanpasado.
Traslado y original de la escritura que otorgo el honrado
cauallero Pedro Fernández de Aranda,en fauor de Juan Rodríguez
de Jaén, quando le entrego al susodho para guardalla y tenella en su
nombre la fuerza del Castillo Locubin de que su
mercerera
Alcayde.
Transcripción:Conocido
sea a todos quantos esta presente cartavierencomo
yo Juan Rodríguez deJahen vezino que soy de la noble e leal
ciudad de Alcala la Real morador en el su Castillo de Locubin digo
que por quanto yo tengo en custodia e guarda del común lugar y
jurisdicion desta
ciudad
porvoselhonradocaballeroPedrodeArandaveintiquatrodeCordouaejuradodeladicha
ciudad de Alcalá y vezino della e Alcayde del dicho Castillo y
fortaleça por ende por la presente e la tradiçion della otorgo e
conozco que me tengo por contento e entregado realmente e con efecto
del dicho Castillo y Fortaleça e bienes della y (…) della a toda
mi uoluntad e otorgo e me obligo de la guardar e anparar e defender
fasta la muerte e de la dar e entregar realmetne e con efecto a vos
el dicho Po de Aranda cada e quando vos me la demandaredes e vos
reçiuir en ella de dia e de noche con pocos o con muchos so pena que
por el mismo caso caiga e encurra en aquellas penas e casos en que
caen e encurren los Alcaydes que acargotienen de guardar
fortaleça e las no dar e entregar cada que les son demandadas por
aquel o aquellos de quien las resçiuan a guarda e so las otras penas
en derecho en tal caso estableçidas según
fueroe
costumbre d´España e
juroa
Dios y Santa María e a esta señal de + en que pongo mi mano derecho
e por las palabras de los santos Euanjelios/ on de quier equestan
escritas de tener e guardar e cumplir realmente e con efeto todo lo
susodicho so pena de ser auido por traidor e fementido e caer en caso
de menosualer e de no pedir relaxaçion deste dicho juramento a
nromuy
sancto Padre ni a
otroJuez
alguno de Sancta Madre Yglesia so las dichas penas e casos para lo
qual asi cumplir e aver por firme/ obligo mi persona y bienes ávidos
e por aver en fe de lo qual otrogue esta escriptura e todo lo en ella
contenido ante los testigos y uso escriptos ques fecha e paso lo
susodicho en el dicho Castillo de Locuvin lunes veinte y ocho días
del mes de julio año del señor de mil y quetroçientos e
ochenta
// e tres años a lo quel fueron presentes por testigos Juan
Sanchez de Morales vicario de la çibdadde Alcala e Juan
Gutierrez e Gonçalo Ruiz de Medina vos de la dicha çibdad/
Juan Sanchez Vycaryo. Juan Guitierrez (firmado y rubricado)
Lunes veinte e ocho días de Julio de LXXXIII años este día se
convinieron el Señor Pedro deAranda e Juan Rodríguez de Jahen
en esta manera quel dicho Juan Rodriguez reçiuio a su cargo la
fortaleza del Castillo de Loucuuin y es condiçion que para los
gastos y guarda della el dicho Pedro de Aranda le de çinco mil
maravedíes en dineros e sesenta fanegas detrigo que el dicho Juan
Rodríguez a de tener en el dicho Castillo vn moço de hedad de
veinte años en aconpañamiento e suyo e de vn jijo suyo que con el
tiene. E mas es condiciçion quel dho Juan Rodriguez mantenga a su
costa a Gonçalo Blasquez questa por atalaya en la torre mayor e quel
dicho Po de Aranda le avara de pagar el dicho Gonçalo Balzquez su
soldada y esto se entiende que los dichos cinco mil mrs e sedsnta
fanegas de trigo se ayan de dar desde el día de San Juan que paso
fasta vn año complido pagados por los terçios del año/ yo Juan
Sanchez Vycaryo fuy presente a lo sobredho y fyrme my nombre.
Pedro d´Aranda. Juan Sanchez Vycaryo.
Trabajo
extraído de “A la Patrona de Alcalá la Real”. Agosto 2012.
Me ha llamado la atención Jahen. No lo sabía.
ResponderEliminarSí sabía, en cambio, de las muchas grafías y palabras del castellano antiguo que son comunes o muy parecidas al valenciano. Poco a poco, fueron evolucionando por otros derroteros.
Así es
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